Magistrada hizo salvamento de voto al considerar que Alvaro Uribe sí es culpable.

Luego de que el Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal, la magistrada Leonor Oviedo, integrante de la Sala Penal de ese tribunal, consideró que Uribe debió ser condenado y expuso los argumentos de su salvamento de voto.
Tras analizar la sentencia, la togada leyó su decisión de 400 páginas ante el magistrado Manuel Antonio Merchán y la magistrada Alexandra Ossa, ambos partes de esa sala.
De entrada, la magistrada consideró que sí hubo pruebas que señalaban que Uribe incurrió en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal como determinador, por lo que estuvo en desacuerdo con la posición mayoritaria de la sala y apuntó que el fallo “debió confirmarse en su totalidad”.
En primer lugar, la magistrada se refirió a la exclusión del material probatorio en el caso de las interceptaciones ilegales al expresidente Uribe, que fueron declaradas como “ilícitas” por el Tribunal Superior.
“Considero, personalmente y con el respeto de la decisión de mis compañeros de sala, que la interceptación que se hizo debe conservar la validez. Por lo tanto, la exclusión carece de sustento y corresponde incorporar esas comunicaciones al debate para su valoración”, apuntó.
Para la magistrada Oviedo debió existir una diferenciación entre prueba ilícita e ilegal. “La primera surge cuando la obtención vulnera derechos fundamentales, mientras que la segunda aparece cuando se quebrantan requisitos legales esenciales (…) La interceptación se realizó bajo la Ley 600 de 2000, con orden de autoridad competente, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que verificó legalidad, competencia, necesidad y proporcionalidad. De manera que esa Sala negó la exclusión y mantuvo la decisión”, explicó.
Después de abordar el episodio de interceptaciones, la togada se refirió detalladamente al delito de soborno en actuación penal, pues tampoco estuvo de acuerdo con los magistrados en cuando a la decisión de absolver al expresidente.
“El delito de soborno en la Picota se consumó con actos orientados al alterar el testimonio. En el episodio de Neiva, también me apartó de la postura de mis compañeros, y considero que se configuró el delito.
El material mostro la existencia de un plan estructurado para lograr la retractación en las declaraciones en las que Monsalve vinculó a Uribe con la creación de estructuras paramilitares. Lo acreditable en el proceso confirma que no se trató de un acercamiento espontaneo sino una estrategia a cambio de modificar su testimonio. El relato de Monsalve fue cogerente y detallado”
Tras analizar la sentencia, la togada leyó su decisión de 400 páginas ante el magistrado Manuel Antonio Merchán y la magistrada Alexandra Ossa, ambos partes de esa sala.
De entrada, la magistrada consideró que sí hubo pruebas que señalaban que Uribe incurrió en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal como determinador, por lo que estuvo en desacuerdo con la posición mayoritaria de la sala y apuntó que el fallo “debió confirmarse en su totalidad”.

Author: ghnoticias